La Facturación electrónica es un proceso equivalente a la emisión de comprobantes en papel. Consiste en el intercambio de documentos entre emisor, receptor y la SET por medios electrónicos.

Beneficios de ser Facturador Electrónico
Documentos que pueden ser emitidos electrónicamente
Un DE (Documento Electrónico) es un documento digital generado y firmado electrónicamente en un formato preestablecido por la SET.
Un DTE (Documento Tributario Electrónico) es el mismo DE validado por la SET y tiene la misma validez legal y tributaria que los documentos tradicionales impresos en papel.
Actuales | |
Factura electrónica | |
Nota de crédito electrónica | |
Nota de débito electrónica | |
Autofactura electrónica | |
Nota de Remisión electrónica |
A Futuro | |
Factura electrónica de exportación | |
Factura electrónica de importación | |
Comprobante de retención electrónico |
Conozca las empresas que están obligadas por la SET a ingresar al régimen de Facturación Electrónica
La Resolución General N° 105 la SET establece fechas límites para la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos para diez grupos designados.
Los contribuyentes quedan obligados a emitir únicamente documentos electrónicos a partir de las fechas establecidas en el siguiente cuadro:
GRUPOS | PLAZO MÁXIMO |
1 – “Plan Piloto” | 01 de julio de 2022 |
2 – “Adhesión Voluntaria” | 01 de julio de 2022 |
3 – “Obligatoriedad” | 02 de enero de 2023 |
4 – “Obligatoriedad” | 03 de abril de 2023 |
5 – “Obligatoriedad” | 03 de julio de 2023 |
6 – “Obligatoriedad” | 02 de octubre de 2023 |
7 – “Obligatoriedad” | 02 de enero de 2024 |
8 – “Obligatoriedad” | 01 de abril de 2024 |
9 – “Obligatoriedad” | 01 de julio de 2024 |
10 – “Obligatoriedad” | 01 de octubre de 2024 |
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